Pasadas las 13.30 de ayer, el Tribunal de la Cámara Penal de Tercera Nominación condenó a prisión perpetua a Damián “Bebe” Cano, tras hallarlo culpable de haber asesinado a Susana Aguilar el 31 de marzo pasado.
El Tribunal de la Cámara, compuesto por los jueces Jorge Palacios, Patricia Olmi y César Marcelo Soria, deliberó luego de los alegatos expuestos por cada una de las partes intervinientes por poco menos de una hora, disponiendo, finalmente, que el joven es el autor penalmente responsable del delito de “homicidio doblemente agravado por ensañamiento y alevosía”. Este último agravante fue solicitado por el fiscal Rubén Carrizo en la primera audiencia del debate, en vista de los testimonios de los médicos forenses que tomaron parte de la autopsia realizada al cuerpo de la víctima de 55 años.

“Sin duda alguna”

El fiscal de la Cámara, Rubén Carrizo, expuso por espacio de dos horas sus consideraciones finales, manteniendo la acusación en contra del exnovio de la hija de la víctima, por el crimen ocurrido en el séptimo “A” del edificio de la calle Salta.
Carrizo sostuvo que, a lo largo del debate, tanto los peritos médicos que tomaron parte del caso, como los testimonios que se recogieron en torno a la cruenta muerte de Aguilar, indicaban, sin espacio alguno para dudas, la culpabilidad de Cano.
Las pruebas de ADN que fueron encontradas en el lugar de los hechos sustentan lo mismo, ya que, en una taza de té, en una toalla y en un rastro de sangre que fue dejando el asesino al retirarse del lugar en los picaportes de las puertas e interruptores de las llaves, se encontró ADN del ahora condenado.
A su vez, el fiscal consideró que las pericias psiquiátricas y psicológicas fueron las fundamentales para definir, no tan sólo la autoría material del hecho, sino que dejaron en claro que este accionar fue llevado a cabo por parte del acusado de manera completamente consciente.
Es que las especialistas en psiquiatría y psicología del CIF que se entrevistaron con Cano, concluyeron que el joven es capaz de distinguir sobre la potencial criminalidad de sus actos, más allá de poseer características psicóticas y psicópatas.
Otro elemento que apunta de manera ineludible a la culpabilidad de Cano y la consciencia que tenía sobre sus actos es que dentro del departamento fue hallada una mochila que le pertenecía.En la misma contenía su DNI, su carnet de conductor y una muda de ropa.
Presuntamente, el joven trató de que estas pistas desaparezcan con el incendio que inició en el inmueble, pero no pudo conseguirlo, ya que el fuego fue sofocado antes por la unidad de Bomberos que acudió al lugar a pocos minutos de desatarse el mismo.
Carrizo hizo hincapié reiteradamente en la crueldad de los actos del exnovio de la hija de Aguilar, teniendo en cuenta que más de 70 de las 82 puñaladas que le aplicó a su víctima fueron en el rostro y posteriores a las primeras que le asestó en la espalda.
Cabe recordar que el cuerpo de la mujer presentaba dos profundas puñaladas en la espalda, una de las cuales fue mortal, ya que a causa de esta, medio litro de sangre se alojó en su pulmón izquierdo. Asimismo, la occisa poseía cortes e incisiones de toda índole del cuello para arriba, en las cejas, pómulos y boca y uno en la nuca.
Las causas o el móvil del delito, según entiende el representante del ministerio Público, fue la oposición que la víctima había puesto de manifiesto sobre la relación que Cano tenía con su hija, ya que lo consideraba un vago. Un testigo allegado a la víctima, oportunamente, también develó que ella le tenía miedo.
Disculpas

Una vez que finalizaron los alegatos de cada una de las partes, el Tribunal ofreció al imputado la oportunidad de decir sus palabras finales, las que éste aprovechó para pedir disculpas.
“Quiero que sepan que estoy arrepentido. Pido perdón a las familias que sufrieron. No sabía lo que hacía y no sé porqué lo hice. También pido perdón a la sociedad como ciudadano. No entendía lo que estaba haciendo y recién hoy tomo conciencia de todo lo que hice”.
Cano se presentó en la sala de debates el primer día del juicio de manera muy prolija en su forma de vestir y aspecto personal; pero, el último día de la audiencia, estaba evidentemente afectado por todo lo que escuchaba, ya que no permaneció recto en su silla y se sostenía la cabeza, despeinándose en todo momento.

“La mató porque era un obstáculo”

El representante de la familia de la víctima, Víctor García, fundamentó su pedido de prisión perpetua para el acusado en el accionar que este desplegó en los momentos posteriores al homicidio, desechando que haya motivos para suponer que Cano no entendía lo que estaba haciendo.
Una de las pruebas de ello es que, al retirarse del lugar, llama a una amiga y le pide que lo busque, pero sin explicarle cuáles eran las circunstancias en las que se encontraba.
A esta joven, asimismo, no le dijo estar confundido o no saber el origen de las heridas que tenía en la mano, sino que deliberadamente mintió diciendo que había sido víctima de un asalto.
El letrado, a su vez, sostuvo que los motivos que llevaron a Cano a matar a Aguilar fueron simples: la madre de la chica le había contado a esta que lo había visto con otra mujer en El Rodeo y ello, sumado a desavenencias previas, desembocó en la visita que le hizo el día de Pascuas para quitarle la vida sin miramientos. “La mató porque era un obstáculo para él”, afirmó.

Absolución e inimputabilidad

Adolfo Castellano, representante legal de Damián Matías Cano, a la hora de exponer sus conclusiones finales sobre lo ventilado en el juicio, solicitó que su defendido sea absuelto por el delito y sea declarado inimputable por sus acciones.
Por una parte, el letrado se opuso al calificativo de “alevosía” introducida por el fiscal, entendiendo que no se dio esta figura porque la víctima logró defenderse, lo que quedó evidenciado en las heridas que Cano presentaba en sus manos luego del homicidio.
En este sentido, Castellanos tomó parte de lo declarado por la psicóloga que entrevistó a su cliente, quien aseguró que el paciente presentaba rasgos psicópatas y perversos.
Teniendo en cuenta estas características y en relación con la bibliografía publicada sobre la temática, el defensor aseguró que, precisamente, al tratarse de un psicópata perverso, no tenía la capacidad para comprender la criminalidad de los actos que protagonizaba. “El psicópata es inimputable siempre porque no es capaz de internalizar valores morales. Es absurdo condenar a un psicópata por esto, tanto como sería absurdo condenar a un ciego porque no puede ver”, argumentó.
El abogado remarcó permanentemente que el grave cuadro de adicción a la cocaína de Cano, sostenido por años, es lo que lo que lo introdujo a un estado de inconsciencia y que su condición de adicto quedó determinada por la rinoscopía que se le efectuó, aunque ésta determinó que el joven no tenía perforaciones en su tabique nasal.
Por último, Castellanos argumentó que Cano no tenía motivos para asesinar a la madre de Camila, ya que éste desconocía que la mujer no simpatizaba con él o estaba en su contra.