En el transcurso de la semana pasada, el Tribunal de Cuentas emitió una resolución que respondía a dos presentaciones realizadas por Daniel Ortega, apoderado responsable de Juan Cristóbal Acuña. 

El recurso administrativo interpuesto por el letrado apuntaba a uno de los fallos que emitió el organismo contralor de las cuentas públicas contra varios exfuncionarios del Frente Cívico y Social por los aerogeneradores instalados en la cima del Portezuelo. Para el caso, el Tribunal de Cuentas condenó a Juan Acuña, Rafael Assante, Rodolfo Tomassi y Julieta Ramos Caro –funcionarios del por entonces ministerio de Obras y Servicios Públicos- que reintegren la suma de 2.880.000 pesos.

A la vez, por montos menores, para los tres primeros actores se aplicaban multas de $10.036, $8.832 y $7.629, respectivamente. En cuanto a Ramos Caro, se la multó por $4.388.

Ahora bien, el abogado en su presentación planteó la nulidad de la causa desde el inicio, es decir, desde que se dictó la resolución que disponía sumarios administrativos por responsabilidad en el organismo del Poder Ejecutivo al cual representaban.

A la vez, solicitaba un recurso de revisión en contra de la propia sentencia que los condenaba a devolver los casi tres millones de pesos.

En este orden de ideas, el letrado también pedía la suspensión de los efectos del fallo -es decir, no se les cobre los fondos- “hasta tanto se resuelva el planteo”.

Sucede que, según señaló Ortega, Acuña “no pudo ejercer materialmente su derecho de defensa en juicio, por cuanto las notificaciones realizadas para declaración indagatoria fueron realizadas a direcciones que no correspondían al domicilio real”.

Para el caso, y según la presentación, el exfuncionario no vivía en el domicilio que estaba asentado hasta diciembre del 2011 (Almagro 555).

Tribunal de cuentas Catamarca
Tribunal de cuentas Catamarca

Sobre este eje, el abogado describe que Acuña, cuando dejó de ser ministro de la cartera de Obras y Servicios Públicos el 10 de diciembre del 2011, “dejó de tener domicilio legal” que se prevé bajo normativa y que además, luego de entregar las llaves del inmueble en el que residía en Catamarca, “reside y trabaja en la provincia de Santa Fe”.

Planteado de esta forma, el TC analizó la presentación y respondió que la ley (orgánica del Tribunal de Cuentas) dispone que el domicilio legal de los responsables debe estar dentro del radio del TC en su primer escrito, como también denunciarse el domicilio real de la persona representada, caso contrario el mismo queda constituido.

De esta forma, el organismo judicial administrativo argumenta que en rendiciones de cuentas de contribuciones figurativas del 2006 y 2007 el domicilio expuesto era otro (Sarmiento 590).

A la vez, fue notificado para prestar declaración indagatoria en dos oportunidades -en mayo y en junio del 2013-, como también fue notificado del fallo de la acordada en Almagro 555.

En este orden de ideas, el TC señala que si bien el domicilio que expresa Ortega fue el antes citado mientras era ministro, una vez que culminó el cargo se omitió denunciar el nuevo. Además, el Tribunal tuvo en cuenta el domicilio que figuraba en los padrones electorales provinciales, es decir, sobre calle Almagro.

En cuanto al planteamiento de la nulidad de la causa, el TC desliza que realizó la presentación en tiempo y forma, dentro de los 20 días posteriores a la notificación del fallo.

O sea, la notificación que se había aludido había cumplido con su finalidad “ya que el responsable tomó conocimiento en tiempo y forma” del propio fallo.

En otras palabras, la notificación del fallo con fecha de marzo de este año fue al domicilio de calle Almagro. Por este motivo no se hizo lugar al planteo de nulidad.

En tanto, el recurso de revisión sí fue admitido puesto que se aportó “documentación probatoria susceptible de análisis y que podría modificar la condena”.

De esta forma, con las firmas del presidente del TC, Mardonio Díaz Martínez y los vocales ad hoc Raúl González y Néstor Segovia, se dispuso no hacer lugar al planteo de nulidad, pero sí aceptar el recurso de revisión.

catamarca digital
Anabela Soria, Periodista, nacida en Frias, Santiago del Estero el 15 de abril de 1974, comenzó sus estudios de Licenciatura en Periodismo y Comunicación, en la Universidad Nacional Córdoba en 1989 hasta su titulación en 1994, cuando comenzo a producir radio en la Localidad de Villa Carlos Paz y luego en Rio IV, posteriormente comenzó como correctora de medios gráficos y digitales a día de a fecha, actualmente radicada en Catamarca.