El bloque de Diputados del Frente para la Victoria presentará hoy un proyecto de declaración en el que expresan su preocupación y rechazo al decreto 820/16 del Poder Ejecutivo Nacional por propiciar la extranjerización de tierras. Además, exhortan a los legisladores nacionales por Catamarca a promover su derogación.
En la fundamentación subrayan que en diciembre de 2011, con el voto negativo de los legisladores que pertenecían a espacios políticos que hoy integran la alianza «Cambiemos”, el Congreso de la Nación sancionó la ley N° 26.737, denominada «Régimen de Protección al Dominio Nacional sobre la Propiedad, Posesión o Tenencia de Tierras Rurales”.
La mencionada normativa tenía el propósito de limitar la tenencia de tierras rurales en manos extranjeras y propender a la protección del suelo argentino, sustrayendo, o al menos limitando, la fiebre especulativa desatada por grandes capitales a nivel internacional y respecto al cual no quedaba al margen nuestro país.
A ello se sumaba el contexto de crisis internacional para los países desarrollados, que intensificaron la búsqueda de reservas de valor, dos de las cuales están directamente vinculadas con Argentina: por un lado, la minería, y por el otro lado, la producción y especulación con relación a la producción agrícola-ganadera, ambas relacionadas con el precio internacional de las commodities y la demanda a nivel mundial de alimentos.
La ley aprobada en 2011 estableció un límite del 15% a toda titularidad de dominio o posesión de tierras rurales respecto de las personas físicas o jurídicas extranjeras, computado dicho porcentual sobre el territorio de la provincia, municipio o entidad administrativa equivalente en que se encuentre situado el inmueble. Y además, se prescribió que en ningún caso, las personas físicas o jurídicas de una misma nacionalidad podrían superar el 30% del porcentual asignado en el referido artículo a la titularidad o posesión extranjera sobre tierras rurales.
También detallan que se estableció el tope de mil hectáreas para las tierras rurales de un mismo titular extranjero. Asimismo prohibió la titularidad o posesión de tierras rurales por parte de personas extranjeras, cuando los inmuebles: 1) Contengan o sean ribereños de cursos de agua de envergadura o permanentes; y 2) Los inmuebles ubicados en zonas de seguridad de frontera con algunas excepciones. A más de ello, se creaba el Registro Nacional de Tierras Rurales como autoridad de aplicación de la ley, entre otras funciones
Los legisladores oficialistas expresan su preocupación por el decreto del presidente Mauricio Macri, publicado en Boletín Oficial del 30 de junio, por el cual modificó las restricciones para la venta de inmuebles rurales a extranjeros, bajo el pretendido argumento de atraer inversiones productivas de capital extranjero. «Sin embargo, del análisis de la nueva reglamentación dispuesta por el acto administrativo precitado surge con meridiana claridad que, lejos de reglamentar la ley, lo que se ha hecho por decreto es modificar ilegítimamente el plexo normativo vigente”, denuncian.
Y sostienen que a partir de este decreto se concibe como titular extranjero a quien posea más del 51% del capital social de una persona jurídica, cuando en la ley 26.737 ese porcentual estaba establecido en el 25% del capital social, además de suprimir el límite de las 1000 hectáreas en la zona núcleo, que prescribía el artículo 10° de la ley.
«Con ello se abre para el país la amenaza cierta de concreción de un oscuro período de extranjerización de la tierra argentina”, expresan los diputados.
Asimismo, recuerdan que existen casos muy conocidos de posesión o propiedad de tierras rurales por parte de extranjeros en detrimento de comunidades originarias y con la apropiación de cursos de agua u otros recursos naturales estratégicos.
Por este motivo, enfatizan que Catamarca debe levantar su voz para hacerse escuchar en el concierto nacional, advirtiendo sobre los perjuicios que traerá aparejados a sus legítimos derechos y los de sus habitantes la mencionada normativa
En ese orden, requieren a los legisladores nacionales, cualquiera sea su pertenencia partidaria, que promuevan la derogación del decreto 820/16, emitido por el Poder Ejecutivo Nacional y la plena vigencia de la ley 26.737.
Antecedentes
En el departamento La Paz, los pobladores de distintos parajes se encuentran en litigio por unas 30 mil hectáreas que se encuentran en manos de la firma «Los Poquiteros”, de nacionalidad norteamericana.
El porcentaje de tierras catamarqueñas en manos extranjeras alcanza el 37, 1%. El límite impuesto por la ley nacional 26. 737 para restringir la venta de propiedades a extranjeros es del 15%. Se trata de una normativa que comenzó a regir con posterioridad a las adquisiciones que se hicieron.










